La Corte de Apelaciones impuso la medida de arresto domiciliario en Punta Arenas para un sujeto imputado de causar un incendio en Puerto Williams. El pasado 25 de julio el juez de Garantía, Juan Villa Martínez, mantuvo la prisión preventiva para Patricio Vera Caipillán, en un hecho cometido el pasado 18 de mayo en la capital de la comuna de Cabo de Hornos.
La apelación del abogado particular Juan José Arcos fue vista por la Corte de Apelaciones la semana pasada, aportando para ello la conclusión que arroja el informe psiquiátrico efectuado al imputado por el médico psiquiatra, Jaime Alvarez Uzabeaga, en el sentido que la enfermedad que aquél padece, disminuye o anula su capacidad para comprender los alcances de su propio proceso judicial. Asimismo, la defensa hizo hincapié que Vera Caipillán cuenta con una red de apoyo familiar en Punta Arenas, en el domicilio de sus padres.
En base a tales argumentos, la Corte de Apelaciones revocó la resolución apelada dictada en audiencia de 25 de julio por el juez del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, Juan Villa Martínez, que no dio lugar a la sustitución de la prisión preventiva por otras medidas cautelares y en su lugar se declara que se sustituye por aquella contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, arresto domiciliario en la ciudad de Punta Arenas.
La resolución fue acordada con el voto en contra del ministro Aner Padilla, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, con el mérito de sus propios fundamentos.