La nueva ley denominada de “Tolerancia Cero” que aumenta las sanciones por manejo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol y endurece los límites del alcohol permitido en la sangre para los conductores, viene en reinstalar una vieja discusión en torno a la eficacia de las normas o, si se quiere, al cumplimiento en los hechos de su observancia y respeto.
En efecto, esta ley que baja los niveles de tolerancia a la conducción cuando se ha ingerido bebidas alcohólicas estimado que de 0,3 a 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre es conducción bajo la influencia del alcohol y no 0,5 de acuerdo a la norma antigua, y que establece que sobre ese nivel es conducir en estado de ebriedad asociando a dichas infracciones sanciones que van desde suspensión por dos años hasta cancelación de licencia de conducir de por vida, coloca nuevamente la discusión si a mayores penas o a mayor amenaza del aparato estatal existirá mayor observancia o respeto a las leyes por parte de los ciudadanos.
Al respecto el Ejecutivo ha colocado el énfasis en la penalidad y en el control que el Estado deberá efectuar para asegurar el cumplimiento de sus normas; control que no me cabe la menor duda será riguroso y exhaustivo durante los primeros meses, pero que dudo se prolongue por mucho tiempo más, pues la Policía debe atender con los mismos recursos de siempre, sobre todo humanos, las mismas faltas y delitos de siempre y, si bien es cierto, la conducción con alcohol en la sangre es una situación de riesgo para muchos, ello no es menor al accionar de la delincuencia en distintos niveles los cuales requieren también la atención de Carabineros.
¿Será suficiente este control exhaustivo de los primeros meses para asegurar el éxito de la medida legal?. En mi opinión no será muy distinto a lo que acontece en otros ámbitos con el endurecimiento de las penas, pues una persona que estaá en situación de cometer un delito rara vez, por no decir nunca, se pregunta por la sanción que el Estado le asignará por dicho delito si es sorprendido. La única verdadera y adecuada garantía del cumplimiento de las normas jurídicas es la verdadera y legítima conciencia de las personas en el respeto y resguardo de las leyes y, para ser más precisos, la adecuada enseñanza a nuestros hijos para que ellos a su vez tengan más respeto que sus padres por las normas.
Bienvenidas las normas que buscan evitar desgracias, pero mientras no aportemos conciencia social real respecto de las conductas que sancionan, son normas que con el tiempo pierden eficacia.