En innumerables oportunidades hemos escuchado la expresión “dejemos que las instituciones funcionen” y esta sola frase emitida por algún alto personero, muchas veces, constituye garantía de que, algo que no se ha hecho o que está en curso, se ejecutará adecuadamente. El problema se da cuando el ciudadano común y corriente confunde las instituciones, porque a estas alturas del partido, vaya que tenemos instituciones. Por ello me parece pertinente hacer un pequeño recordatorio de las instituciones o entidades que se relacionan con los ciudadanos en diversas tareas.
Poder Ejecutivo: es encabezado y representado por el Presidente de la República y le corresponde el gobierno y la administración del Estado, particularmente, según la Constitución, le corresponde la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República. Se encarga de generar las políticas necesarias para el bienestar de los ciudadanos.
Poder Legislativo: es el encargado de concurrir a la formación de las leyes en conformidad a la Constitución; en nuestro país recibe la denominación de Congreso Nacional y se compone de dos cámaras, la de Diputados y la de Senadores.
Poder Judicial: tiene la facultad de conocer las causas civiles y criminales, para resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado; está conformado por los tribunales de Justicia y es importante destacar que para el cumplimiento de lo que resuelvan, los tribunales pueden dar orden directa a la fuerza pública.
Considerando estos tres grandes poderes existen otras instituciones que también cumplen su función en la sociedad y que normalmente se confunden con alguna de las que he mencionado, veamos algunas.
Ministerio Público (La Fiscalía): órgano autónomo y jerarquizado encargado de dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delitos, tanto los que determinen a los responsables como los que acrediten la inocencia del imputado. De esta forma los Tribunales juzgan, pero, la institución encargada de entregar los antecedentes para el juzgamiento es la Fiscalía, todo esto, solo en materia penal.
Contraloría General de la República: es el organismo autónomo que ejerce el control de la legalidad de los actos de la administración (léase poder ejecutivo), fiscaliza la inversión y el ingreso de los fondos del fisco, de las municipalidades y de los demás organismos que determinen la leyes; también lleva la contabilidad general de la Nación.
La necesidad de ordenar esta información que he entregado en otras columnas responde a la importancia de requerir a la institución que corresponda, pues de otra forma las instituciones no funcionan. Continuaremos éste ayuda memoria en la próxima columna.